Ley Europea de Libertad de los Medios de Comunicación

Ley Europea de Libertad de los Medios de Comunicación

La Comisión propone normas para proteger el pluralismo y la independencia de los medios de comunicación en la UE

La Comisión Europea ha presentado una Ley Europea de Libertad de los Medios de Comunicación, un nuevo conjunto de normas para proteger el pluralismo y la independencia de los medios de comunicación en la UE.

La Ley Europea de Libertad de los Medios de Comunicación velará por que los medios de comunicación, tanto públicos como privados, puedan funcionar más fácilmente por encima de las fronteras en el mercado interior de la UE, sin presiones indebidas y teniendo en cuenta la transformación digital del espacio mediático.

–         Protección de la independencia editorial: el Reglamento exigirá a los Estados miembros que respeten la libertad editorial real de los prestadores de servicios de comunicación y mejoren la protección de las fuentes periodísticas. Además, los prestadores de servicios de comunicación tendrán que velar por la transparencia de su propiedad, revelando públicamente esa información y adoptando medidas para garantizar la independencia de las decisiones editoriales concretas.

–         Nada de programas espía contra los medios de comunicación: la Ley de Libertad de los Medios de Comunicación contempla sólidas salvaguardias contra el uso de programas espía contra los medios de comunicación, los periodistas y sus familias.

–         Medios de comunicación de servicio público independientes: cuando existan medios de comunicación de servicio público, su financiación debe ser adecuada y estable, a fin de garantizar la independencia editorial. Las personas que ostenten el cargo de director y los miembros el consejo de administración de los medios de comunicación de servicio público deberán ser nombradas de manera transparente, abierta y no discriminatoria. Los prestadores de servicios públicos de comunicación facilitarán una pluralidad de información y opiniones, de manera imparcial, de conformidad con su misión de servicio público.

–         Pruebas sobre el pluralismo de los medios de comunicación: la Ley de Libertad de los Medios de Comunicación dispone que los Estados miembros examinen el impacto de las concentraciones del mercado de los medios de comunicación en el pluralismo de los medios de comunicación y la independencia editorial. También establece que cualquier medida legislativa, reglamentaria o administrativa adoptada por un Estado miembro que pueda afectar a los medios de comunicación esté debidamente justificada y sea proporcionada.

–         Publicidad estatal transparente: la Ley de Libertad de los Medios de Comunicación establece nuevos requisitos en materia de reparto de la publicidad estatal entre los medios de comunicación, de tal modo que el reparto sea transparente y no discriminatorio. La Ley también aumentará la transparencia y la objetividad de los sistemas de medición de la audiencia, que repercuten en los precios de la publicidad, especialmente en línea.

–         Protección de los contenidos mediáticos en línea: sobre la base de la Ley de Servicios Digitales, la Ley de Libertad de los Medios de Comunicación prevé salvaguardias contra la eliminación injustificada de contenidos mediáticos producidos con arreglo a normas profesionales. En los casos que no entrañen riesgos sistémicos como la desinformación, las plataformas en línea de muy gran tamaño que tengan la intención de retirar determinados contenidos de medios legales que se consideren contrarios a las políticas de la plataforma tendrán que informar a los prestadores de servicios de comunicación sobre las razones antes de que dicha retirada sea efectiva. Tales plataformas tendrán que tramitar todas las reclamaciones presentadas por los prestadores de servicios de comunicación con carácter prioritario.

–         Nuevo derecho de usuario a personalizar su oferta de medios de comunicación: la Ley de Libertad de los Medios de Comunicación introducirá un derecho de personalización de la oferta de medios de comunicación en dispositivos e interfaces, tales como los televisores conectados, lo que permitirá a los usuarios cambiar los parámetros por defecto para reflejar sus propias preferencias.

Un órgano europeo de vigilancia de la libertad de los medios de comunicación 

La Comisión propone crear un nuevo Consejo Europeo de Servicios de Medios de Comunicación independiente formado por autoridades nacionales de medios de comunicación. El Comité promoverá la aplicación eficaz y coherente de la normativa de la UE en materia de medios de comunicación, concretamente asistiendo a la Comisión en la preparación de directrices sobre cuestiones de regulación de los medios de comunicación. También podrá emitir dictámenes sobre las medidas y decisiones nacionales que afecten a los mercados de los medios de comunicación y a las concentraciones del mercado de los medios de comunicación.

El Comité también coordinará las medidas reglamentarias nacionales relativas a los medios de comunicación de países terceros que presenten un riesgo para la seguridad pública, a fin de velar por que esos medios no eludan las normas aplicables en la UE. El Comité también organizará un diálogo estructurado entre las plataformas en línea de muy gran tamaño y el sector de los medios de comunicación a fin de fomentar el acceso a ofertas diversas en materia de medios de comunicación y supervisar el cumplimiento por parte de las plataformas de las iniciativas de autorregulación, por ejemplo, el Código de buenas prácticas en materia de desinformación de la UE.

Próximas etapas

Corresponde ahora al Parlamento Europeo y a los Estados miembros debatir la propuesta de Reglamento de la Comisión con arreglo al procedimiento legislativo ordinario. Tras aprobarse, será directamente aplicable en toda la Unión Europea. La Comisión alentará los debates, concretamente en el Foro Europeo de los Medios Informativos, sobre las prácticas voluntarias de las empresas de medios de comunicación en relación con la Recomendación anexa.