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RECURSOS PATRIMONIALES Y NATURALES DEL pARQUE CULTURAL DEL MAESTRAZGO
ProtecciÓn del Patrimonio Cultural
Bienes catalogados
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Tal y como dice el Artículo 13 de la Ley 3/1999, del Patrimonio Cultural Aragonés "Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural Aragonés que, pese su significación e importancia, no cumplan las condiciones propias de los Bienes de Interés Cultural se denominarán Bienes Catalogados del Patrimonio Cultural Aragonés y serán incluidos en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés".

  • Iglesia de San Pedro Mártir de Berge. Declarada el 30 de septiembre de 2002, este edificio barroco del siglo XVIII, presentaba ciertos valores que hacían aconsejable su declaración como Bien Catalogado, tales como la armonía y el equilibrio de sus volúmenes, de sus espacios, de sus formas y de su decoración, llamando la atención la solución de bóvedas, cúpulas, cupulines y linternas con ausencia de tambores y sin acusar su volumen al exterior.

  • Iglesia Virgen de La Carrasca de Bordón. Este templo, documentado desde el siglo XIV, fue declarado Bien Catalogado el 30 de septiembre de 2002. Consta de una sola nave cubierta con bóveda de cañón apuntado y una profusa decoración pictórica fechada en 1719, extendida por todo el interior del templo, y que puede considerarse una muestra singular de barroquismo popular.

  • Iglesia de la Asunción de Nuestro Señora de Galve. Este templo barroco del siglo XVII, declarado por Orden del 5 de noviembre de 2002, se trata de un edificio de planta rectangular de tres naves, que presenta abundantes heterodoxias, residiendo la singularidad tipológica de esta iglesia en la cúpula elíptica alzada sobre pechinas con iluminación exterior, que cubre la capilla del testero de la nave central, así como la forma en que esta solución se traduce al exterior en el volumen prismático rectangular del cimborrio.

  • Casa Consistorial de Tronchón. Este edificio del Renacimiento Tardío no aporta novedades ni en el plano constructivo ni en los niveles funcional y formal, puesto que responde a la tradición del lugar, sin embargo la Casa Consistorial traduce al exterior sus diferentes momentos constructivos y transmite con claridad los valores con que fue concebido, además, el vuelo del alero resulta espectacular. Por todo ello, el 30 de septiembre de 2002 fue declarada Bien Catalogado.

Bienes incluidos en Declaraciones Genéricas.

Según la Ley 3/1997, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés (Disposición Adicional Segunda) son Bienes de Interés Cultural por Declaración Genérica << Los castillos, escudos, emblemas, cruces de término y cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre y los monumentos megalíticos en toda su tipología existentes en Aragón >>.

 
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